lunes, 6 de diciembre de 2010

LOS CONTROLADORES AÉREOS...ESOS MALDITOS

Que nadie se atreva a llamarla "Huelga", no hubo tal huelga.. .Fue un CHANTAJE en toda regla. Nunca un gremio hizo tanto daño a un País. A estos "privilegiados" se les suponía (lo tienen de hecho) un poder ilimitado a la hora de afrontar una negociación. Amparados en ese "poder sin límite" se atrevieron a retar al Estado.
La insconsciencia fruto de la prepotencia que puede dar ese "poder sin límite", les llevó a, sin previo aviso, dejar sin control el transito aéreo de un país.. Gravísimo, de una inconsciencia rayando lo anormal. Es como si un cirujano, por sentirse perjudicado en sus intereses laborales, deja la la intervención quirúrgica en mitad de una operación a corazón abierto..
Ahora tendrán que afrontar lo que se les viene encima. A los expedientes que ha abierto AENA, el Ente público a los que pertenecen estos delincuentes, se les va a sumar la investigación que ha abierto la Fiscalía General del Estado, y lo pueda conllevar el Código Penal Militar a los que se han visto simetidos al declararse el Estado de Alarma.

No, no ha sido una huelga, ellos, los controladores, nunca hablaron de la palabra "huelga".. Fijaros la mala intención de estos amigos.. Partiendo de la base que esta decisión en masa de los controladores de ausentarse de su puesto de trabajo, es algo yha premeditado, podían haber utilizado esta premeditación, esa maquinación para hacer el mayor daño posible, para haber informado al Ministerio del Interior de su intención de hacer huelga, y los días de dicha huelga.. Habría tiempo para asignar servicio mínimos, y todo se haría bajo los preceptos que marca la Constitución sobre el derecho a la Huelga.
Se ausentaron del trabajo sin previo aviso y amparándose en una serie de certificados médicos (falsos a todas luces) que le inhabilitaban a seguir con sus funciones.

¿Qué va a pasar ahora?..Pues que estos personajes lo tienen mal, muy mal. A parte del régimen disciplinario que marca AENA (señala el despido como una de las medidas dada la envergadura y la gravedad del asunto), se van a encontrar también con dos "salidas" estos señores: Si la ausencia en su puesto de trabajo y la desobediencia a volver a él se hizo antes de declararse el Estado de Alarma, los controladores se enfrentan a una violación del art. 20 de la Ley Penal de Navegación que prevee pena de hasta 6 años para "los empleados de aeropuertos que, en número suficiente para perturbar el servicio, abandonen colectivamente sus funciones en actitud de protesta".

Si esta desobediencia a incorporarse a su puesto de trabajo se hizo "a posteriori" de la declaración del Estado de Alarma se enfrentan a unas penas por violación del art. 102 del Código Penal Militar: "Si la desobendiencia consiste en rehusar permanentemente el cumplimiento de las obligaciones militares, se impondrá una pena de 2 años y 4 meses  a 6 años de prisión y pérdida del empleo".Hay que recordar que después de declarar el Estado de Alerta, los controladores pasana estar bajo el mando del Jefe del Estado Mayor del Ejército del Aire, es decir pasar a depender funcional y estructuralmente del mando militar.

A parte de eso, está la Responsabilidad Civil con la que se va a enfrentar, con la cantidad multimillonaria de indemnizaciones que pedirán los afectados, las agencias de viajes, los mayoristas, las compañías aéreas, el propio AENA.

Hay quien se asombra de que un país democrático como España, haya hecho uso de uno de los 3 Estados que contempla la Constitución para casos de extrema gravedad.
Si hablamos del Estado de Alarma, éste viene reflejado  en el art. 116.2 de la Constitución y viene a decir que: "El Gobierno podrá declarar el estado de Alarma, en todo o parte del territorio nacional, cuando se produzca alguna de las siguientes alteraciones graves de la normalidad:
   a) Catástrofes, calamidades o desgracias públicas, tales como terremotos, inundaciones, incendios urbanos y forestales o accidentes de gran magnitud.
   b) Crisis saniarias, tales como epidemias y situaciones de contaminación graves.
   c) Paralización de servicios públicos esenciales para la comunidad, cuando no se garantice lo dispuesto en los arts. 28.2 y 37.2 de la Constitución y concurra alguna de las demáqs circunstancias o situaciones contenidas en este artículo.
  d) Situaciones de desabastecimientos de productos de primera necesidad:

También hay que dejar claro que la declaración de este estado de Alarma se hizo según lo dispuesto en la Constitución, es decir mediante decreto acordado por Consejo de Ministros, en los que se determina el ámbito territorial, la duración y los efectos de este estado.

No nos asombremos por ello, no es un golpe militar. Ha habido situaciones en los que se ha estado de declarar el estado de Alarma, y éstas fueron cuando las inundaciones del País Vasco y en el Levante español. El ejército colaboró en dichas misiones de rescate, y por muy poquito no se declaró el estado de Alarma..Los estados de Alarma no van contra nadie, van contra las causas que provoquen dichas catástrofes o estados excepcionales..Si luego entre los causantes hay, no sólo elementos naturales, sino también la mano del hombre (como en este caso), evidentemente tienen que pagar por ello.

Como digo, una situación tremenda la que se ha dado; no recuerdo nada igual en un país civilizado..Una toma de decisiones con repercusiones terribles y duras estas de los controladores, como igual de duras deben ser las las medidas disciplinarias (en lo laboral) y sentencias (en lo penal) a las que inevitablemente tendrán que hacer frente.. Deben saber que secuestrar, tomar rehén a un país cuesta caro. Dejar estos hechos impunes, sería darles otra parcela más de poder a la que ya tienen y no creo que, visto lo de este fin de semana, eso le convenga a alguien

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